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Desatando el Potencial del Cine Marroquí: Un Plan Transformador
Reconociendo el profundo impacto del cine en la evolución social, Marruecos está intensificando sus esfuerzos para expandir este sector innovador. Una ley propuesta para regular la industria cinematográfica en Marruecos exige que las empresas de producción audiovisual empleen técnicos marroquíes con tarjetas de identidad profesional, con el número determinado por medios reglamentarios.
Además, obliga a estas empresas a firmar contratos escritos con cada técnico, con el Centro Cinematográfico Marroquí (CCM) proporcionando un modelo que especifica los compromisos mutuos y las condiciones que rigen la relación entre el productor y el técnico.
El proyecto de ley también propone un mecanismo para distribuir películas a través de varias plataformas mediáticas después de su estreno en cines, con el objetivo de proteger los derechos financieros de los productores. En consecuencia, una película puede distribuirse a través de ventas o alquileres de videos físicos o incluirse en una guía de programas ofrecida por un servicio de video bajo demanda seis meses después de su estreno inicial en cines.
Según la misma fuente, una película no puede ser transmitida por televisión o explotada por un proveedor de servicios de video bajo demanda hasta doce meses después de su estreno en cines o tres meses después de su retiro definitivo de los cines. Sin embargo, este período puede reducirse bajo ciertas condiciones especificadas por medios reglamentarios.
En un esfuerzo por promover la producción nacional, el proyecto de ley introduce nuevas obligaciones relacionadas con la programación de películas marroquíes en los cines según el número de pantallas disponibles. Todos los cines, independientemente de si reciben apoyo público, deben programar películas marroquíes.
Además, se requiere que todos los cines paguen derechos de explotación por las películas marroquíes según las condiciones definidas por medios reglamentarios. Adicionalmente, obliga a cada cine comercial a implementar un sistema informatizado de ventas de boletos para facilitar el acceso del público.
El artículo 15 estipula que los cines con una sola pantalla deben programar al menos tres películas marroquíes por año, con una duración de proyección de al menos una semana para cada película. Los cines con dos pantallas deben programar al menos cuatro películas marroquíes por año, con una duración de proyección de al menos una semana para cada película. Además, los cines con tres a cinco pantallas deben programar al menos cinco películas marroquíes por año, con una duración de proyección de al menos dos semanas para cada película. Los cines con más de cinco pantallas deben programar al menos cinco películas marroquíes por año, proporcionando una pantalla permanente exclusivamente dedicada a las películas marroquíes.
El artículo 12 clasifica los cines comerciales en categorías "A," "B," y "C" según un registro establecido y determinado por el CCM. Esta institución cinematográfica puede cerrar temporalmente los cines de categoría "C" que hayan perdido los criterios requeridos para su clasificación por un período máximo de un año. El artículo 13 añade que, si expira este período y el cine en cuestión no ha realizado las reformas necesarias para ser degradado al menos a la categoría "C," entonces el CCM emitirá una decisión de cierre permanente. Sin embargo, puede decidir reabrir cualquier cine comercial cerrado permanentemente si se somete a una rehabilitación que le permita clasificarse en una de las tres categorías.
Para facilitar la relación entre los productores, el CCM y las autoridades locales, el proyecto de ley prevé la creación de comités regionales de cine para promover la industria local.
El objetivo general de este proyecto de ley es establecer una auténtica industria cinematográfica que cumpla con las aspiraciones del Reino, conferiendo nuevas competencias al CCM para promover la industria cinematográfica, desarrollar la producción nacional y organizar, racionalizar y profesionalizar su gestión para mantener el ritmo con los desarrollos internacionales.