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Modificación en la Tributación del Impuesto sobre el Patrimonio en la Comunidad de Madrid: ¿Qué Cambia?
Una reciente modificación legislativa en la Comunidad de Madrid ha generado un nuevo umbral para los contribuyentes del Impuesto sobre el Patrimonio. Según esta reforma, los contribuyentes madrileños no estarán obligados a pagar este impuesto hasta que su patrimonio alcance los tres millones de euros. Esta medida, que equipara la tributación del impuesto a la del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (ITSGF), busca alinear los términos de la regulación estatal.
El cambio, impulsado por el Gobierno de Isabel Ayuso, tiene como objetivo evitar que los residentes en Madrid paguen más impuestos que aquellos en otras comunidades autónomas. Además, busca garantizar que la recaudación del tributo permanezca en las arcas madrileñas en lugar de dirigirse al Estado.
La entrada en vigor de este nuevo impuesto estatal ha generado impactos significativos en diversos sectores, incluyendo empresarios, individuos y familias. Ha afectado tanto a la estructura societaria como a la gestión del patrimonio, así como a los sistemas de retribución y otros aspectos relevantes en la tributación patrimonial.
La Comunidad de Madrid había otorgado una bonificación en la cuota del Impuesto sobre el Patrimonio durante los últimos 15 años. Sin embargo, con la introducción del nuevo impuesto estatal, se ha visto obligada a incluir una nueva bonificación. Esta bonificación permite que los contribuyentes se apliquen la diferencia entre la cuota íntegra total del impuesto sobre el patrimonio y la del ITSGF, una vez aplicado el límite máximo conjunto de la cuota íntegra de ambos impuestos, junto con el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).
Se estima que esta modificación y la nueva tarifa del Impuesto sobre la Renta deflactada afectarán a los 10.302 declarantes madrileños que tributaron por el ITSGF el año pasado, con una recaudación total de 555 millones de euros.
La medida, publicada en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid el 21 de diciembre de 2023, bajo la Ley 12/2023, tiene efectos desde el 1 de enero de 2023. Fue adoptada después de que el Tribunal Constitucional desestimara un recurso de inconstitucionalidad presentado por la Comunidad de Madrid contra el nuevo impuesto estatal.
En resumen, esta modificación en la tributación del Impuesto sobre el Patrimonio en la Comunidad de Madrid refleja un cambio significativo en el panorama fiscal de la región, con el objetivo de garantizar una tributación equitativa y evitar la doble imposición.
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